Los colectivos ciudadanos ven irregularidades en el cambio de número de registro de la AAI concedida a Reyval y sospechan que se pretenden más cambios sustanciales en la AAI; pero ahora poco a poco, para que no se note demasiado.
Algunas modificaciones realizadas en la AAI concedida a la empresa Reyval en Junio de 2011 por parte de la Conselleria a petición de la empresa son, al menos, sospechosas, pues es curioso comprobar que la modificación del número de registro de la AAI y la ampliación de almacenamiento de algunos nuevos tipos de residuos se realiza un día antes de la firma del recurso de alzada por parte del Ayuntamiento y de la Plataforma Ciutadana No a la Contaminació. Al menos según consta en la resolución, el 28 de Julio de 2011
El registro de la AAI concedida el 14 de Junio de 2011, con el mismo número que la concedida en 2008 a las instalaciones existentes, suponía una irregularidad, dado que se retrotraía dos años a la fecha de la concesión real, el 15 de Junio de 2011. Ahora en 28 de Julio, según aparece en la resolución de la Conselleria, se procede a modificar este número de registro, eliminando la referencia al año de concesión de la primera y la segunda, sin justificar las razones que le llevan a realizar dicho cambio.
Respecto de la ampliación de nuevos residuos a almacenar, si bien alguna pequeña modificación de tipos de residuos no debería afectar al conjunto de la resolución de la AAI, la acumulación de estas modificaciones si pueden suponer un cambio sustancial en los tipos de residuos a almacenar ahora, y a incinerar y a tratar, mas tarde, lo que puede provocar una modificación sustancial en las emisiones producidas. Esto puede ser una maniobra para conseguir aumentar el PCI de los materiales a quemar en la pretendida incineradora, lo que podría evitar que, a su puesta en marcha, no cumpliera los mínimos de eficiencia energética propuesta en el proyecto.
En la ampliación de la AAI no se habla de aumento de volúmenes, pero si de nuevos materiales inflamables y de alto poder calórico, lo que, aunque de momento solo se autoriza el almacenamiento temporal, suponemos tiene un fin: la incineración en la planta que pretende poner en marcha la empresa Reyval. Grup de Participació Ciutadana 2.0
El registro de la AAI concedida el 14 de Junio de 2011, con el mismo número que la concedida en 2008 a las instalaciones existentes, suponía una irregularidad, dado que se retrotraía dos años a la fecha de la concesión real, el 15 de Junio de 2011. Ahora en 28 de Julio, según aparece en la resolución de la Conselleria, se procede a modificar este número de registro, eliminando la referencia al año de concesión de la primera y la segunda, sin justificar las razones que le llevan a realizar dicho cambio.
Respecto de la ampliación de nuevos residuos a almacenar, si bien alguna pequeña modificación de tipos de residuos no debería afectar al conjunto de la resolución de la AAI, la acumulación de estas modificaciones si pueden suponer un cambio sustancial en los tipos de residuos a almacenar ahora, y a incinerar y a tratar, mas tarde, lo que puede provocar una modificación sustancial en las emisiones producidas. Esto puede ser una maniobra para conseguir aumentar el PCI de los materiales a quemar en la pretendida incineradora, lo que podría evitar que, a su puesta en marcha, no cumpliera los mínimos de eficiencia energética propuesta en el proyecto.
En la ampliación de la AAI no se habla de aumento de volúmenes, pero si de nuevos materiales inflamables y de alto poder calórico, lo que, aunque de momento solo se autoriza el almacenamiento temporal, suponemos tiene un fin: la incineración en la planta que pretende poner en marcha la empresa Reyval. Grup de Participació Ciutadana 2.0
Grup de Participació Ciutadana 2.0
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