El juzgado de lo contencioso-administrativo número
2 de Castellón ha confirmado una resolución del Ayuntamiento de l'Alcora por la
que sancionaba a la empresa Reyval Ambient S.L. a pagar 87.832,71 euros por la
ampliación ilegal del vertedero que la firma posee en la partida El Regatell,
obras que carecían de la correspondiente licencia urbanística.
Así, el juzgado desestima una demanda de Reyval
Ambient contra una resolución de 9 de junio de 2012 dictada por el Ayuntamiento
de l'Alcora que, a su vez, rechazaba otro recurso anterior interpuesto por la
empresa contra la decisión del consistorio de imponerle la sanción, e impone
las costas a la demandante.
En el recurso, la empresa alegaba, entre otras
cosas, la vulneración del derecho de defensa y del principio de presunción de
inocencia, al considerar que no consta en el expediente administrativo
sancionador el momento de la comisión del supuesto hecho imputado, así como que
únicamente había llevado a cabo extracciones ocasionales "de escasa
importancia técnica y económica, las cuales no se hayan dentro de los supuestos
contemplado en la Ley Urbanística Valenciana (LUV)".
El juzgado se refiere en la sentencia a un informe
emitido por el consistorio, --en el que se indica que se estaban llevando a
cabo "importantes" movimientos de tierra que, además de carecer de la
correspondiente licencia de obras, parecían contrarias al planeamiento vigente,
porque venían a ampliar las instalaciones del vertedero--, que concluye que
cabe suponer que estas obras extralimitan el ámbito de la Declaración de
Interés Comunitario (DIC) concedida, así como la Licencia de Actividades de que
disponen.
Tras esta actuación, según la sentencia, se
notificó a la empresa la resolución por la que se le ordenaba la inmediata
suspensión de la ejecución de las obras que estaba realizando sin licencia
municipal y, posteriormente, constan diversos informes de la Policía Local, en
los que se señala que no se habían suspendido los trabajos.
Informes municipales
Pero, sobre todo, según el juzgado, se deben de
tener en cuenta los distintos informes de técnicos municipales que indican que
no se han ejecutado las obras de restauración, que han fundamentado las
distintas multas coercitivas -hasta diez- que se han impuesto a la empresa para
que procediese a cumplir la restauración de la legalidad vigente, provocando
finalmente la incoación del procedimiento sancionador recurrido.
Según la sentencia, los informes fundamentan la
resolución sancionadora dictada, pues la actividad desarrollada necesitaba de
licencia urbanística. Así mismo, se destaca que las obras no pueden calificarse
de "extracciones ocasionales de escasa importancia técnica y
económica", pues el volumen alcanza los 30.000 metros cúbicos.
El juzgado destaca respecto a la calificación de la
sanción como grave que las obras realizadas sin licencia supusieron una
ampliación ilegal del vertedero, "realizándose un uso incorrecto del
suelo, al estar clasificadas por el Plan General de Ordenación Urbana las
parcelas sobre las que se actuó como suelo no urbanizable, no habiéndose
aprobado la correspondiente ampliación de la DIC concedida para poder actuar
sobre las mismas".
Resultados positivos
La sentencia ha sido "bien" recibida por
el Ayuntamiento de l'Alcora cuya alcaldesa, Merche Mallol, ha manifestado
sentirse "tranquila" porque "cuando las cosas se hacen bien,
buscando el mejor asesoramiento y contando con buenos profesionales, los
resultados son positivos".
Además, el Ayuntamiento de l'Alcora recuerda
que para este procedimiento no se ha contratado a ningún abogado externo,
"sino que es mérito del propio gabinete técnico-jurídico municipal".
Merche Mallol ha reconocido y agradecido la
labor que se ha llevado a cabo desde el gabinete técnico jurídico y ha apelado
a la "responsabilidad" de todos los grupos políticos "para que
en temas tan importantes como éste se trabaje de forma unida, porque sumando
esfuerzos de todos conseguiremos los resultados que todos deseamos, que no son
otros que aquéllos que procuren el mejor beneficio para la ciudadanía alcorina".
Fuente: Europa Press
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